Cuándo donar tiene coste fiscal aunque no haya venta

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Muchas personas creen que donar un inmueble, acciones o cualquier otro bien no tiene impacto en la declaración de la renta del donante. Error frecuente.

Una donación también puede generar una ganancia patrimonial en IRPF y obligar a tributar. Sin embargo, si de la operación resulta una pérdida, esa pérdida no puede declararse ni compensarse en la renta.

¿Por qué una donación afecta al IRPF?

Aunque no exista precio de venta, al donar un bien Hacienda entiende que hay una transmisión. Por ello, el donante debe calcular la diferencia entre:

  • valor de adquisición (lo que costó en su día)
  • valor fiscal de transmisión en la donación

Si el valor actual es superior al de compra, aparece una ganancia patrimonial que sí tributa en la declaración de la renta.

Ejemplo de ganancia que sí tributa

Un padre compró un piso por 120.000 € y años después lo dona a su hija con un valor fiscal de 200.000 €.

Resultado: Ganancia patrimonial: 80.000 €

Esa ganancia debe incluirse en la renta del donante, salvo que exista alguna exención aplicable.

¿Y si hay pérdida?

Supongamos lo contrario:

Compra en su día: 250.000 €
Valor al donar: 200.000 €

Económicamente hay una pérdida de 50.000 €, pero fiscalmente no puede declararse en IRPF.

Es decir:

  • si ganas, tributas
  • si pierdes, no deduces

El Tribunal Supremo lo confirma

El Tribunal Supremo, en sentencia de 12 de abril de 2024 (recurso 8830/2022), fijó doctrina y confirmó que no procede computar pérdidas patrimoniales derivadas de donaciones o transmisiones lucrativas inter vivos en el IRPF del donante.

El criterio se basa en el artículo 33.5.c) de la Ley del IRPF, que excluye expresamente estas pérdidas.

¡OJO con un error muy habitual!

Muchos contribuyentes piensan:

“Si donar me genera pérdida, la compenso con ganancias de fondos o acciones”.

No es posible. Esa pérdida no entra en la base del ahorro, ni compensa ventas con beneficio, ni puede arrastrarse a años siguientes.

Bienes donde más ocurre

Suele verse en:

  • viviendas compradas en máximos de mercado
  • locales que han bajado de valor
  • acciones depreciadas
  • participaciones sociales familiares
  • inmuebles heredados con valor inferior posterior

Antes de donar, conviene revisar todo

Una donación puede implicar varios impuestos:

  • IRPF del donante
  • Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones del receptor
  • Plusvalía municipal en algunos inmuebles
  • pérdida de futuras ventajas sucesorias o fiscales

Y una mala planificación puede salir cara.

Conclusión

En las donaciones, las ganancias sí tributan en renta, pero las pérdidas no son deducibles. El Tribunal Supremo lo ha ratificado, por lo que ya no es una cuestión discutible.

Antes de donar un inmueble o inversiones, conviene calcular el impacto fiscal completo. A veces lo que parece una operación sencilla termina costando miles de euros.

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