Andalucía introduce una deducción fiscal de hasta 100 euros anuales por gastos veterinarios en mascotas y perros de asistencia a partir de 2026
Tener animales de compañía supone para muchas familias un coste económico continuado que, hasta ahora, apenas había tenido un reflejo significativo en la normativa fiscal. Sin embargo, este enfoque comienza a modificarse con la incorporación de nuevas medidas de carácter social en el ámbito tributario.
En el marco de las medidas fiscales previstas para el ejercicio 2026 en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se incorpora una nueva deducción autonómica en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas vinculada a los gastos derivados del cuidado y mantenimiento de animales de compañía. Esta deducción, de carácter novedoso en el ámbito autonómico, supone un paso relevante en la adaptación de la normativa tributaria a determinadas realidades sociales.
Publicación oficial de la deducción
La deducción autonómica por gastos veterinarios en Andalucía fue publicada oficialmente en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) el 31 de diciembre de 2025.
La norma establece expresamente lo siguiente:
“Se crea una deducción autonómica por gastos veterinarios derivados de la adquisición de animales de compañía o de la tenencia de perros de asistencia.
La deducción será aplicable durante el primer año desde la adquisición, con carácter general, o durante los tres años siguientes cuando la adquisición se realice mediante adopción.
En el caso de los perros de asistencia, la deducción podrá aplicarse durante todo el período de tenencia del animal por el contribuyente.”
Finalidad de la medida
Esta deducción tiene como objetivo promover el bienestar animal y proteger la salud pública, ya que muchas enfermedades pueden prevenirse mediante vacunaciones, desparasitaciones y otros tratamientos veterinarios obligatorios, así como mediante la esterilización. Fomentar el acceso a estos servicios a través de incentivos fiscales contribuye a garantizar el cumplimiento de los controles legalmente establecidos.
La medida adquiere un valor añadido en los supuestos de adopción, al contribuir directamente a la reducción del abandono y a la integración responsable de los animales en los hogares.
Reconocimiento específico a los perros de asistencia
En el caso de los perros de asistencia, la norma reconoce expresamente el papel fundamental que desempeñan en la inclusión social y en la mejora de la calidad de vida de las personas con discapacidad. En particular, se pretende apoyar a quienes, por sus circunstancias personales, encuentran en estos animales un apoyo imprescindible para desarrollar una vida independiente y en condiciones de igualdad.
Entre los colectivos beneficiarios se encuentran las personas con discapacidad visual, auditiva o física, así como aquellas con determinadas condiciones del espectro autista o con enfermedades que requieren asistencia permanente.
Asimismo, la deducción se extiende a los perros de aviso destinados a la protección y acompañamiento de víctimas de violencia de género, reconociendo que la labor de estos animales constituye una medida complementaria de protección personal y seguridad.
Garantizar el acceso a los cuidados veterinarios de estos animales supone, por tanto, proteger no solo su salud y bienestar, sino también la calidad de vida y la seguridad de las personas a las que acompañan.
Cuantía de la deducción y conceptos incluidos
La deducción autonómica tiene un límite máximo de 100 euros anuales por contribuyente.
Son deducibles los gastos veterinarios correspondientes a vacunación, desparasitación, tratamientos obligatorios y esterilización.
Para poder aplicar la deducción en la declaración del IRPF es imprescindible disponer de la correspondiente factura, que deberá estar emitida por un centro veterinario debidamente autorizado.
A efectos prácticos, se recomienda conservar todas las facturas y justificantes de pago, comprobando que en ellas consten correctamente los datos del contribuyente y del profesional o centro veterinario, ya que la Administración tributaria podrá requerir dicha documentación en un eventual procedimiento de comprobación.
Desde Grupo Enclave valoramos positivamente esta iniciativa y confiamos en que pueda extenderse progresivamente a otras Comunidades Autónomas, ya que por ahora solo es Andalucía la pionera


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