Descubre cómo la pluriactividad laboral puede convertirse en tu mejor aliado para la jubilación
La realidad laboral española ha evolucionado considerablemente en las últimas décadas. Cada vez son más las personas que combinan un empleo por cuenta ajena con una actividad como trabajador autónomo, bien sea para diversificar ingresos, emprender un proyecto personal o simplemente por necesidad. Sin embargo, existe una pregunta que muchos de estos trabajadores se hacen al acercarse a la edad de jubilación: ¿Podré beneficiarme de ambas cotizaciones cuando llegue el momento de retirarme?
La noticia es buena: Sí, es perfectamente legal cobrar dos pensiones de jubilación en España si has desarrollado tu carrera profesional como asalariado y autónomo. No obstante, esta posibilidad no está al alcance de todos. Se trata de un escenario excepcional que requiere cumplir con una serie de condiciones muy específicas establecidas por la Seguridad Social. En este artículo te explicamos todo lo que necesitas saber sobre esta oportunidad que podría incrementar significativamente tus ingresos durante la jubilación.
Índice de contenidos
- El marco legal que permite esta doble prestación
- Requisitos imprescindibles para acceder a dos pensiones
- La condición más difícil de cumplir: La cotización simultánea
- ¿Cómo se calculan las cuantías de cada pensión?
- Límites máximos y consideraciones importantes
- ¿Qué ocurre si no cumples todos los requisitos?
- Ventajas de planificar tu futuro con anticipación
1. El marco legal que permite esta doble prestación
Para entender por qué es posible recibir dos pensiones de jubilación simultáneamente, debemos recurrir a la Ley General de la Seguridad Social. Concretamente, el artículo 163 establece una norma general clara: Las pensiones del Régimen General son incompatibles entre sí cuando recaen sobre un mismo beneficiario. Sin embargo, este mismo artículo incluye una salvedad fundamental que abre la puerta a excepciones: Siempre que la ley o el reglamento dispongan expresamente lo contrario.
Esta modificación normativa, que entró en vigor el 20 de octubre de 2015, estableció el principio básico que hace posible la compatibilidad: Las pensiones provenientes de regímenes diferentes no se consideran incompatibles entre sí. Es decir, una pensión del Régimen General (el que ampara a los trabajadores asalariados) puede coexistir perfectamente con una del RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos).
Esta distinción entre regímenes es el pilar fundamental sobre el que se sustenta toda la posibilidad de cobrar dos prestaciones. España cuenta con varios sistemas de cotización diferenciados, cada uno diseñado para proteger a diferentes colectivos de trabajadores. Además del Régimen General y el RETA, existen otros como el Régimen de Clases Pasivas del Estado (para funcionarios), el Especial de Trabajadores del Mar o el dedicado a trabajadores de las minas de carbón, entre otros.
La lógica detrás de esta compatibilidad es sencilla: Si has contribuido a dos sistemas diferentes cumpliendo los requisitos de ambos, tienes derecho a recibir las prestaciones correspondientes de cada uno de ellos. Es una manera de reconocer tu esfuerzo contributivo en distintos ámbitos laborales.
2. Requisitos imprescindibles para acceder a dos pensiones
Ahora bien, que la ley permita esta posibilidad no significa que sea fácil acceder a ella. La Seguridad Social establece cuatro condiciones fundamentales que deben cumplirse de manera estricta. Veámoslas en detalle.
Primera condición: Cumplir con los requisitos generales de jubilación
Antes de pensar en cobrar dos pensiones, debes poder acceder a la jubilación ordinaria. En el año 2025, esto significa tener 65 años cumplidos si has cotizado al menos 38 años y tres meses, o bien haber alcanzado los 66 años y ocho meses si tu periodo de cotización es inferior a esa cifra. Estos requisitos de edad van aumentando progresivamente cada año hasta alcanzar definitivamente los 67 años de edad ordinaria de jubilación.
Segunda condición: Cotización mínima en ambos regímenes
Aquí empieza lo realmente exigente. No basta con haber trabajado algunos años como asalariado y otros como autónomo. La Seguridad Social requiere que hayas acumulado un mínimo de 15 años cotizados en cada uno de los regímenes. Esta es la carencia genérica que establece la ley para generar derecho a pensión en cada sistema por separado.
Esto significa que si, por ejemplo, trabajaste 25 años como asalariado pero solo 12 años como autónomo, no podrás optar a dos pensiones separadas. En ese caso, tus cotizaciones se sumarían para calcular una única pensión, pero no generarían dos prestaciones independientes.
Tercera condición: Cotización reciente en ambos regímenes
Pero no solo se trata de acumular 15 años en cada régimen a lo largo de toda tu vida laboral. La ley también exige una vinculación reciente con ambos sistemas. Específicamente, dentro de los 15 años inmediatamente anteriores a tu solicitud de jubilación, debes haber cotizado al menos dos años en cada uno de los regímenes.
Este requisito garantiza que no se trata de cotizaciones antiguas y desconectadas de tu situación laboral reciente, sino que has mantenido una relación activa con ambos sistemas de protección social hasta fechas cercanas a tu retiro.
3. La condición más difícil de cumplir: La cotización simultánea
Si las tres condiciones anteriores ya parecían exigentes, existe una cuarta que representa el verdadero obstáculo para la mayoría de trabajadores: Debes haber cotizado de forma simultánea en ambos regímenes durante un periodo mínimo de 15 años.
Esto implica que durante al menos 180 meses de tu vida laboral has estado dado de alta simultáneamente como trabajador por cuenta ajena y como trabajador autónomo. Es decir, no vale haber trabajado primero como asalariado durante 20 años y luego como autónomo otros 15. Es necesario que ambas actividades se hayan desarrollado de manera paralela durante ese tiempo mínimo.
Este requisito es precisamente el que hace que cobrar dos pensiones sea un escenario poco común en España. Combinar un empleo asalariado con una actividad autónoma durante 15 años seguidos requiere un nivel de dedicación y organización considerable, y no todas las situaciones laborales lo permiten.
Durante esos 15 años de cotización simultánea, se contabilizan 15 años para el Régimen General y 15 años para el RETA. Es decir, esos periodos cuentan para ambos regímenes, lo que permite acumular los años necesarios en cada uno de ellos.
4. ¿Cómo se calculan las cuantías de cada pensión?
Una vez que se cumplen todos los requisitos anteriores, la Seguridad Social procede a calcular dos pensiones completamente independientes. Cada una se determina según las normas específicas de su régimen correspondiente, utilizando las bases de cotización que hayas tenido en cada uno de ellos.
Cálculo de la pensión como trabajador por cuenta ajena
Para determinar tu pensión del Régimen General, la Seguridad Social analiza tus 300 últimas bases de cotización, que corresponden aproximadamente a los últimos 25 años de actividad laboral. Estas bases se actualizan según el IPC para compensar la inflación acumulada durante ese periodo, excepto las dos últimas que se mantienen en su valor nominal.
Una vez actualizado ese histórico, se suman todas las bases y se dividen entre 350 para obtener lo que se denomina la base reguladora. Sobre esta cifra se aplica un porcentaje que depende de tus años cotizados: Comienza en el 50% si tienes exactamente 15 años, y va aumentando progresivamente hasta alcanzar el 100% con suficientes años de cotización.
La fórmula es la siguiente: Los primeros 15 años te dan derecho al 50% de la base reguladora. A partir del año 16, durante los siguientes 49 meses, se añade un 0,19% por cada mes cotizado. Una vez superados los 19 años y un mes de cotización, el incremento pasa a ser del 0,21% mensual, con un máximo de 209 meses adicionales.
Cálculo de la pensión como trabajador autónomo
Desde 2026, el sistema de cálculo para autónomos ha experimentado cambios significativos. El nuevo método toma como referencia los últimos 29 años de cotización, pero permite eliminar los dos años con bases más bajas, quedándose así con los 27 mejores años.
Se suman todas las bases de cotización de ese periodo y se dividen entre 352,33 para obtener la base reguladora del autónomo. Sobre ella se aplican porcentajes similares a los del Régimen General: 50% con 15 años cotizados, aumentando progresivamente hasta alcanzar el 100% con 36 años y seis meses de cotización.
Como medida transitoria hasta 2040, los autónomos que se jubilen pueden elegir entre aplicar la nueva fórmula o la antigua, quedándose con la que resulte más favorable. Esta flexibilidad busca no perjudicar a quienes se jubilen durante el periodo de adaptación al nuevo sistema.
5. Límites máximos y consideraciones importantes
Existe un límite máximo establecido por ley. Para el año 2025, la cuantía máxima que se puede percibir por pensiones públicas es de 3.267,60 euros mensuales, lo que equivale a 45.746,40 euros anuales. Esta cifra se actualiza cada año conforme al incremento general de las pensiones.
Es importante destacar que este tope es el mismo tanto si cobras una como si cobras dos pensiones. Si la suma de ambas prestaciones supera este límite, se reducirá hasta alcanzar la cantidad máxima permitida. Sin embargo, esto no suele ser un problema para la mayoría de trabajadores, ya que alcanzar ese tope requiere bases de cotización muy elevadas en ambos regímenes durante muchos años.
Este límite garantiza la sostenibilidad del sistema de pensiones y establece un techo redistributivo que afecta por igual a todos los pensionistas, independientemente de cuántas pensiones perciban.
6. ¿Qué ocurre si no cumples todos los requisitos?
Es probable que muchos trabajadores que han combinado empleo asalariado y actividad autónoma no lleguen a cumplir todos los requisitos, especialmente el de los 15 años de cotización simultánea. ¿Significa esto que pierden sus cotizaciones como autónomos? Afortunadamente, no.
Si no se cumplen las condiciones para cobrar dos pensiones separadas, la Seguridad Social procede a sumar todas las cotizaciones realizadas en ambos regímenes para calcular una única pensión. Por ejemplo, si trabajaste 25 años como asalariado y 13 como autónomo, tendrás un total de 38 años cotizados que te permitirán acceder a una pensión con el 100% de la base reguladora.
El cálculo se realizará tomando como referencia el último régimen en el que estuvieras dado de alta antes de jubilarte. Tus cotizaciones como autónomo se integrarán en ese cálculo, no se perderán, pero no generarán una pensión independiente.
Esta modalidad de cálculo único también se aplica en los casos de pluriactividad cuando solo se alcanza el mínimo de 15 años en uno de los regímenes pero no en el otro. La ley permite que los periodos cotizados se sumen para no dejar sin protección a ningún trabajador que haya contribuido al sistema.
7. Ventajas de planificar tu futuro con anticipación
El panorama de las pensiones en España es complejo, pero conocer tus opciones puede marcar una diferencia significativa en tu calidad de vida durante la jubilación. Si actualmente combinas un trabajo por cuenta ajena con una actividad como autónomo, es fundamental que revises periódicamente tu situación en la Seguridad Social.
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ofrece herramientas online muy útiles. A través del portal de la Seguridad Social, con tu certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve, puedes acceder a tu informe de bases de cotización y comprobar exactamente cuántos años llevas cotizando en cada régimen y cuándo comenzó tu cotización simultánea.
También existen simuladores de pensión que te permiten estimar cuánto cobrarías en diferentes escenarios, lo que resulta muy valioso para tomar decisiones informadas sobre tu futuro. Si descubres que estás cerca de cumplir los requisitos pero aún no los alcanzas, puedes planificar tu actividad laboral de los próximos años para optimizar tu situación.
Consultar con un asesor especializado en Seguridad Social y planificación de jubilaciones puede ser una inversión muy rentable. Estos profesionales pueden analizar tu caso particular, identificar oportunidades que quizás no conozcas y ayudarte a diseñar una estrategia para maximizar tus derechos de pensión.
Además de las pensiones públicas, considera complementar tu jubilación con otros instrumentos de ahorro como planes de pensiones privados, seguros de ahorro o inversiones. La longevidad está aumentando, y disfrutar de una jubilación cómoda y activa durante más años requiere una planificación financiera integral.
En definitiva, cobrar dos pensiones siendo autónomo y asalariado es una realidad accesible en España, pero exige planificación, constancia y el cumplimiento estricto de los requisitos legales. Si estás en esta situación, no dejes pasar la oportunidad de informarte bien y aprovechar todas las ventajas que el sistema de Seguridad Social pone a tu disposición. Tu futuro lo agradecerá.


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