El Gobierno ha aprobado esta semana (29 de julio de 2025) una ampliación significativa de los permisos por nacimiento y cuidado de menores. Con esta reforma, publicada en el BOE del 30 de julio, España da un paso más en el desarrollo de políticas públicas orientadas a la conciliación de la vida familiar y laboral. La medida forma parte de la adaptación completa a la Directiva (UE) 2019/1158, y responde a una reclamación social y europea de mayor protección a las familias.

Estas novedades entran en vigor de forma inmediata y suponen un cambio relevante en el modelo actual de permisos, beneficiando tanto a familias biparentales como monoparentales, y extendiéndose también a personas trabajadoras autónomas.

¿QUÉ INCLUYE LA REFORMA?

La principal novedad es la ampliación del permiso por nacimiento y cuidado del menor (lo que antes se conocía como la maternidad y paternidad). A partir de ahora, cada progenitor tendrá derecho a 19 semanas retribuidas. De esas 19 semanas, 17 deberán disfrutarse durante el primer año de vida del menor, mientras que las dos restantes podrán utilizarse de forma flexible en cualquier momento hasta que el hijo o hija cumpla ocho años. Estas semanas están íntegramente retribuidas al 100 % de la base reguladora, sin coste para las empresas, ya que las asume la Seguridad Social.

Otra de las grandes mejoras afecta a las familias monoparentales. Hasta ahora, estas familias solo podían disfrutar formalmente de las 16 semanas correspondientes a un único progenitor. Sin embargo, en los últimos años ya existían sentencias judiciales que reconocían su derecho a acumular también el permiso del segundo progenitor inexistente, en aplicación del principio de igualdad y del interés superior del menor. Con esta reforma, ese reconocimiento jurisprudencial se incorpora expresamente al marco legal. A partir de ahora, las familias monoparentales dispondrán legalmente de 32 semanas retribuidas: 28 deberán disfrutarse en el primer año, y las 4 restantes, como en el caso general, podrán utilizarse en cualquier momento hasta que el menor cumpla ocho años.

La reforma introduce así una mayor flexibilidad en el disfrute de las semanas adicionales. Las dos nuevas semanas por progenitor no tienen por qué disfrutarse inmediatamente tras el nacimiento, sino que podrán utilizarse en cualquier momento hasta que el menor cumpla ocho años. Esta posibilidad permite a las familias adaptar el permiso a circunstancias concretas, como la escolarización del niño, periodos de vacaciones o situaciones puntuales que requieran una mayor dedicación, como problemas de salud.

Además, es importante tener en cuenta que, al margen de estas semanas retribuidas, cada progenitor sigue manteniendo el derecho a disfrutar de hasta ocho semanas adicionales de permiso parental no retribuido, también disponibles hasta los ocho años del menor. Estas ocho semanas no forman parte de la reforma aprobada, pero siguen vigentes como derecho individual reconocido desde 2023.

¿DESDE CUÁNDO SE APLICA?

El Real Decreto-ley entra en vigor el 30 de julio de 2025. No obstante, incluye un régimen de retroactividad parcial: las dos semanas adicionales retribuidas podrán solicitarse también para nacimientos o adopciones que hayan tenido lugar desde el 2 de agosto de 2024. Es decir, si un hijo nació a partir de esa fecha y se cumplen los requisitos de cotización, sus progenitores podrán acceder igualmente a esas semanas extra. Por el contrario, quienes hayan tenido hijos antes de esa fecha no podrán beneficiarse de este cambio.

¿A QUIÉN AFECTA?

La nueva normativa se aplica a trabajadores por cuenta ajena, empleados públicos y también a personas trabajadoras autónomas. Estas últimas podrán acceder al permiso siempre que estén dadas de alta en el régimen correspondiente y cumplan con las condiciones habituales de cotización, lo que supone un avance respecto a reformas anteriores, en las que el acceso efectivo de los autónomos a este tipo de derechos era muy limitado.

No obstante, aunque la normativa incluye expresamente a las personas trabajadoras autónomas, en la práctica persisten importantes obstáculos que dificultan el ejercicio efectivo de este derecho. En muchos casos, cesar temporalmente la actividad resulta inviable por la imposibilidad de contratar a una persona sustituta o por el impacto económico que supone interrumpir la prestación de servicios, especialmente en actividades unipersonales. Profesionales como fisioterapeutas, fotógrafos, diseñadores o pequeños comerciantes, cuya actividad depende directamente de su presencia diaria, pueden ver comprometida su fuente principal de ingresos si optan por acogerse al permiso. A pesar del reconocimiento legal, sin mecanismos específicos de apoyo o compensación, el acceso real de este colectivo continúa siendo limitado.

¿Y EN EL RESTO DE EUROPA, CÓMO ESTÁN?

España se alinea así con los países europeos más avanzados en materia de conciliación. Países como Suecia, Alemania o Francia llevan años desarrollando permisos parentales retribuidos, muchos de ellos más largos pero con una menor cobertura económica. En este caso, la gran ventaja del modelo español es la retribución al 100 % del salario, así como la intransferibilidad de las semanas, lo que fomenta la corresponsabilidad entre hombres y mujeres.

Aun así, en duración total, todavía queda margen de mejora. En países como Suecia, los progenitores pueden acumular hasta 480 días de permiso parental compartido. Alemania ofrece hasta 28 meses con retribución parcial, y Francia complementa sus permisos con ayudas directas para el cuidado.

NUESTRA VALORACIÓN FINAL

Creemos que esta reforma representa un avance importante en el reconocimiento del derecho a cuidar sin renunciar al empleo. Facilita una mejor organización del tiempo familiar, amplía los derechos de los progenitores y responde a una necesidad evidente: que el nacimiento o la crianza de un hijo no suponga un freno para la vida laboral ni una carga desequilibrada para uno solo de los progenitores.

Sin embargo, no es una medida perfecta. Las familias que tuvieron hijos poco antes del 2 de agosto de 2024, aun con hijos menores de un año, no podrán beneficiarse de las nuevas semanas retribuidas. Esta limitación temporal, aunque legalmente necesaria, genera desigualdades evidentes entre familias con situaciones prácticamente idénticas.

Asimismo, los autónomos continúan en una posición vulnerable: aunque la ley les incluye, la falta de medidas de apoyo adicionales impide que, en muchos casos, puedan disfrutar realmente del permiso.

En definitiva, esta reforma es un paso adelante. Pero para lograr una conciliación verdaderamente universal, aún se deben adoptar medidas complementarias que incluyan plenamente a todos los modelos de familia y todas las realidades profesionales.

COMPARATIVA DEL PERMISO DE CUIDADOS: ANTES Y DESPUÉS DE LA REFORMA DE JULIO DE 2025

CONCEPTOANTES DE LA REFORMADESPUÉS DE LA REFORMA
(julio 2025)
Permiso por nacimiento16 semanas por progenitor, intransferibles y retribuidas19 semanas por progenitor: 17 en el primer año y 2 hasta los 8 años del menor
Retribución100 % del salario durante las 16 semanas100 % del salario durante las 19 semanas
Permiso parental flexibleNo existía2 semanas por progenitor utilizables hasta los 8 años del menor
Familias monoparentales16 semanas retribuidas32 semanas retribuidas: 28 en el primer año y 4 hasta los 8 años
RetroactividadAplica a nacimientos desde el 2 de agosto de 2024
Personas trabajadoras autónomasAcceso a 16 semanasIncluidas expresamente en las nuevas semanas, aunque persisten barreras reales
Flexibilidad en el disfruteMuy limitada (permiso concentrado tras el nacimiento)Fraccionamiento permitido para parte del permiso parental
Cobertura legalDerivada de normativa nacional y jurisprudenciaRegulación clara y directa en el Real Decreto-ley 9/2025

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4 respuestas a «Nuevos permisos de cuidados en España: Qué ha cambiado en este julio de 2025»

  1. Avatar de Sancho R.
    Sancho R.

    Me parece un avance muy positivo que amplíen el permiso a 19 semanas y que cada progenitor tenga derecho individual y bien pagado. La flexibilidad para usar parte del permiso hasta los 8 años es un gran punto a favor. Ahora falta que estas medidas vengan acompañadas de más apoyos para que la conciliación sea real y no solo papel. ¿Creéis que con esto se nota un cambio real?

    1. Avatar de admin

      ¡Hola! Muchas gracias por tu comentario 😊
      Desde GRUPO ENCLAVE coincidimos contigo: la ampliación del permiso a 19 semanas, el carácter individual e intransferible y la posibilidad de usar parte del permiso hasta los 8 años suponen un paso importante hacia una corresponsabilidad más real.
      Ahora bien, como bien apuntas, la conciliación no puede depender solo de permisos más largos. Hace falta que las empresas cuenten con apoyos efectivos y que las medidas de conciliación se integren de verdad en la cultura laboral, no como algo excepcional ni penalizador para quien las solicita.
      ¿Se nota un cambio real? A nivel normativo, sin duda. Pero para que ese cambio cale en el día a día, todavía queda recorrido. Por eso es tan importante seguir visibilizando estos temas y exigiendo una conciliación que funcione de verdad para todas las familias.
      Un abrazo del equipo de GRUPO ENCLAVE 👩‍👧‍👦✊

  2. Avatar de
    Anónimo

    Comparado con otros países, España aún tiene margen de mejora en cuanto a la duración de los permisos. Aunque la medida es un avance, todavía falta más apoyo real para que la conciliación sea efectiva para todos.

  3. Avatar de Sofia
    Sofia

    Como madre, me parece que este tipo de reformas deberían estar mucho más pensadas en la realidad de las familias. Está bien que se amplíen los permisos y que se dé una retribución completa, pero la verdad es que hay muchos detalles que siguen dejando a las familias en una situación complicada. Por ejemplo, me parece injusto que las familias con hijos nacidos antes del 2 de agosto de 2024 no puedan disfrutar de las nuevas semanas retribuidas, cuando sus hijos tienen exactamente la misma edad que los nacidos después de esa fecha. Al final, creo que la reforma es un paso, pero no es suficiente para conseguir una verdadera conciliación entre la vida laboral y la familiar.

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